Los extranjeros ya pueden conseguir el permiso de residencia a cambio de la compra de un inmueble de más de 500.000€
Desde septiembre del año 2013, la ley española permite a los extranjeros que compren un inmueble valorado por 500.000€ obtener el permiso de residencia europeo pudiendo vivir en España sin ningún tipo de problema administrativo.
Esta ley ha sido publicada en el BOE (Boletín Oficial de Estado), del que a continuación realizamos un resumen, dando especial importancia a los artículos que más le pueden interesar:
-El solicitante deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) No encontrarse irregularmente en territorio español.
b) Ser mayor de 18 años.
c) Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
d) Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
e) Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
Los hijos menores de 18 años o mayores dependientes, que se reúnan o acompañen a los solicitantes, podrán solicitar, conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización y, en su caso, el visado. Para ello, deberá quedar acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado anterior.
-Visado de residencia para inversores.
1. Los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar la adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros, podrán solicitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores.
-Forma de acreditación de la inversión.
Para la concesión del visado de residencia para inversores será necesario cumplir los siguientes requisitos:
El solicitante deberá acreditar haber adquirido la propiedad de los bienes inmuebles mediante certificación con información continuada de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles. La certificación incorporará un código electrónico de verificación para su consulta en línea.
Si en el momento de la solicitud del visado, la adquisición de los inmuebles se encontrara en trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad, será suficiente la presentación de la citada certificación en la que conste vigente el asiento de presentación del documento de adquisición, acompañada de documentación acreditativa del pago de los tributos correspondientes.
El solicitante deberá acreditar disponer de una inversión en bienes inmuebles de 500.000 euros libre de toda carga o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen.
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